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Legislación del aborto en Yucatán en 2020

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Legislación del aborto en Yucatán en 2020

Durante los meses que lleva transcurrido el 2020, en diversos estados se han discutido proyectos a favor de la despenalización del aborto. Hasta el momento, dichas iniciativas no se han aprobado. Ante este panorama, es importante conocer qué establecen las leyes estatales, por ello, Clínica Ginecea te presenta cómo se regula el aborto en cada entidad. En esta ocasión, abordaremos la legislación del aborto en Yucatán.

Con el fin de entender mejor la legislación del aborto en Yucatán, es importante conocer algunos términos:
  • Aborto: De acuerdo al Código Penal de Yucatán, el aborto es la muerte del producto de la concepción en cualquier momento de la preñez.
  • Interrupción Legal del Embarazo (ILE): Este término no existe en la legislación de Yucatán, pero en la Ciudad de México se considera ILE a un aborto legal realizado antes de las 12 semanas de embarazo.
  • Punible: Hace referencia a actos o acciones susceptibles o merecedoras de ser castigados ante la ley.
  • Causales: De acuerdo a la enciclopedia jurídica, las causales son los vínculos de causa a efecto entre la culpa de una persona o la función de una cosa y el perjuicio experimentado por un tercero.

Legislación del aborto en Yucatán

Conforme a lo establecido en el artículo 392 del Código Penal de Yucatán, se impondrá de tres meses a un año de prisión, a la madre que voluntariamente procure su aborto o consienta en que otro la haga abortar.

En este estado, el Juez tiene la facultad de sustituir la pena por un tratamiento médico integral sobre las consecuencias generadas con motivo de la práctica del aborto provocado; siempre y cuando la mujer acusada sea quien lo solicite y ratifique.

Por otro lado, a quien haga abortar a una mujer con el consentimiento de ésta, se le aplicará de uno a cinco años de prisión: pero si faltara el consentimiento de la mujer, la prisión será de tres a ocho años, la pena aumenta de seis a nueve años de prisión si se usa violencia física o moral.

El Código Penal también contempla 5 situaciones en que el aborto en Yucatán no se sanciona, serán cuando:
  • Sea causado por acto culposo de la mujer embarazada
  • El embarazo sea el resultado de una violación o de una inseminación artificial no consentida
  • De no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de muerte
  • El aborto obedezca a causas económicas graves y siempre que la mujer embarazada tenga ya cuando menos tres hijos
  • Exista razón suficiente para suponer que el producto padece alteraciones genéticas o congénitas graves

Para revisar a detalle la información, se invita a revisar el Capítulo VI del Código Penal del estado, donde se establecen los artículos que regulan el aborto en Yucatán.

Interrupción Legal del Embarazo (ILE) CDMX

Ahora que conoces la legislación del aborto en Yucatán, es importante compararla con la regulación de otros estados, ya que a lo largo de la República Mexicana se tienen diferentes normas en tema del aborto.

Para este ejercicio de comparación, te presentamos el caso de la CDMX. En la Ciudad de México el aborto fue despenalizado en 2007. He dicho año se le dio el derecho de decisión a la mujer, quien puede interrumpir su embarazo sin consecuencias penales, siempre que lo realice antes de las 12 semanas.

Hoy en día, la CDMX es el único estado donde se  han fijado normas y protocolos para que se brinde el servicio de forma segura, solicitando tres requisitos básicos a las mujeres:

  • Solicitud por escrito
  • Otorgar consentimiento informado después de recibir asesoría médica
  • No exceder las 12 semanas de embarazo

Para conocer más sobre las leyes que regulan la Interrupción Legal del Embarazo te invitamos a explorar el sitio web de instituciones oficiales como el apartado ILE de la Secretaría de Salud.

¿Puedo abortar legalmente en Yucatán?

Tú y todas las mexicanas tienen derecho al aborto legal, pero OJO, si tú eres de Yucatán no puedes hacer una Interrupción Legal del Embarazo en tu estado (salvo en los casos que ya hemos revisado), por lo que debes viajar a la Ciudad de México.

Como explicamos anteriormente, en Yucatán el aborto es un delito y tienen consecuencias legales mientras que en la CDMX existe en concepto de Interrupción Legal del Embarazo (ILE) que te permite abortar durante las primeras 12 semanas.

Viajar a la CDMX te garantiza el acceso a un aborto legal y seguro. Hacerlo clandestinamente pone en riesgo tu vida.

¿A qué clínica de aborto acudir en CDMX?

Si has decidido realizar un aborto legal y seguro te invitamos a acudir a Clínica Ginecea, la mejor clínica ILE, un espacio con más de 10 años de experiencia en temas ILE. Nuestra Clínica cumple todas las normas que establece la Ley de Salud, por lo que te garantiza que serás atendida por un equipo médico de especialistas, en instalaciones cómodas y bajo estrictas normas de confidencialidad.

Puedes hacer tu cita para Interrupción Legal del Embarazo en nuestro sitio web, o bien comunícate a los teléfonos: (55) 5531 1031 o al (55) 5531 8375

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