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Legislación del aborto en Veracruz en 2020

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Legislación del aborto en Veracruz en 2020

A finales de julio de 2020, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutió un proyecto vinculado a la despenalización del aborto en Veracruz. Esto sucedió después de que un juez de Xalapa otorgara un amparo para reformar el Código Penal del Estado. Dicha reforma eliminaría la sanción impuesta a las mujeres que interrumpen su embarazo.

La SCJN rechazó el amparo y por el momento la legislación en Veracruz, en cuanto al tema del aborto, no tendrá cambios. Ante este panorama es importante conocer qué establecen las leyes hoy en día sobre el aborto y sus sanciones. Información que conocerás en este texto.

Antes de conocer la legilación del aborto en Veracruz en 2020, es importante que conozcas algunos términos:

  • Aborto: De acuerdo al Código Penal de Veracruz, el aborto es un delito y lo comete interrumpe el embarazo en cualquiera de sus etapas.
  • Interrupción Legal del Embarazo (ILE): Este término no existe en la legislación de Veracruz, pero en la CDMX se considera ILE a un aborto legal realizado antes de las 12 semanas de gestación.
  • Punible: Hace referencia a acciones merecedoras de ser castigados ante la ley.
  • Causales: Vínculos de causa a efecto entre la culpa de una persona y el perjuicio experimentado por un tercero.

Legislación del aborto en Veracruz

A diferencia de otros estados de la República Mexicana, Veracruz no sanciona el aborto con prisión o multa. El artículo 150 del Código Penal estatal establece: “A la mujer que se provoque o consienta que se le practique un aborto, se le sancionará con tratamiento en libertad, consistente en la aplicación de medidas educativas y de salud”.

Por otra parte, quienes participen en la práctica del aborto sí tendrán una condena en prisión. A la persona que haga abortar a la mujer con el consentimiento de ésta, se le imponen de seis meses a dos años de prisión y multa de hasta 65 días de salario. La pena se agrava si el delito se comente sin el consentimiento de la mujer, en este caso se impone de tres a diez años y multa de hasta 100 días de salario. Si durante el proceso del aborto se utiliza la violencia, las penas alcanzarán de seis a quince años de prisión y multa de hasta de 150 días de salario.

Otro aspecto importante a señalar, es que el Código Penal de Veracruz también contempla como delito que una persona perjudique el normal desarrollo del producto, caso en el que la pena va de seis meses a cuatro años de prisión.

Hay cuatro situaciones en las que el aborto no es punible en el estado de Veracruz, son cuando:

  1. Es causado por imprevisión de la mujer embarazada;
  2. El embarazo sea resultado de una violación o de una inseminación artificial no consentida (se debe practicar dentro en los primeros noventa días de gestación)
  3. De no provocarse, la mujer embarazada quede en peligro de muerte
  4. A juicio de dos médicos, el producto padezca trastornos físicos o mentales graves (se debe contar con el consentimiento de la mujer embarazada)

Si se desea revisar los detalles de la legislación, te invitamos a revisar el Capítulo V del Código Penal de Veracruz, donde encuentras los artículos relacionados con el aborto.

Aborto es diferente a Interrupción Legal del Embarazo (ILE)

En este momento es importante establecer las diferencias entre la legislación de Veracruz y la de Ciudad de México porque en la capital del país sí existe el aborto legal y nos sirve de referencia para comparar con otros estados de México.

Empecemos por aclarar que el aborto es un delito, mientras que la Interrupción Legal del Embarazo, conocida comúnmente como ILE, es resultado de la despenalización del aborto ocurrida en 2007, hecho que dio el derecho a las mujeres sobre decidir ser madre o no, en este último caso pueden recurrir al aborto legal.

Es importante señalar que la ILE está rodeada de normas que garantizan la seguridad de las mujeres que recurren al aborto legal, el principal requisito para que una mujer pueda abortar, es que su embarazo no debe exceder las 12 semanas de gestación.

Si se desea conocer los detalles de la legislación sobre la Interrupción Legal del Embarazo en Ciudad de México, te invitamos a explorar nuestro sitio web, donde te enumeramos y explicamos las leyes vinculadas a la ILE.

¿Puedo abortar legalmente en Veracruz?

De acuerdo a lo que revisamos en el apartado Legislación del aborto en Veracruz, NO, no puedes tener un aborto legal en Veracruz. Lo que debes hacer para acceder a una Interrupción Legal del Embarazo es viajar a CDMX.

Por el momento, CDMX es el único lugar en México donde se practican abortos legales, pero también éste es un derecho para todas las mujeres del país. Si tú viajas a la capital y cumples los requisitos básicos de la ley ILE podrás realizarte un aborto legal y seguro.

Para conocer más sobre lo qué es y cómo se practica una ILE, visita nuestra sección de Preguntas frecuentes sobre el aborto legal.

¿Dónde abortar legalmente en CDMX?

Una vez que decidas interrumpir tu embarazo deberás elegir el lugar donde te realicen el procedimiento y Clínica Ginecea es la mejor opción porque cumple los requisitos que marca la ley, esto garantiza que estarás en manos de médicos especialistas con más de 10 años de experiencia en el tema de la ILE, agenda tu cita de asesoría  en Ginecea, clínica especializada en Interrupción Legal del Embarazo en CDMX, o al tel. 55 5531-1031 o al whatsapp

 

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