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Legislación del aborto en Oaxaca

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Legislación del aborto en Oaxaca

Oaxaca fue el segundo estado de la República Mexicana en despenalizar el aborto. Esto sucedió en 2019, cuando  se aprobaron las reformas en leyes estatales. Oaxaca es un ejemplo de cómo la legislación sobre el aborto cambia drásticamente de un estado a otro.

Ante esta diversidad, Clínica Ginecea te presenta de forma breve cómo se regula el aborto en cada estado. En esta ocasión abordaremos la legislación del aborto en Oaxaca.

Despenalización del aborto en Oaxaca

Al igual que en muchos otros estados de la República Mexicana, grupos feministas del estado lucharon durante mucho años por un cambio en las leyes. Cambios que garantizara el derecho de las mujeres a decidir sobre sus cuerpos y si deseaban o no continuar un embarazo.

La lucha finalizó en septiembre de 2019 cuando el Congreso Local llevó la reforma a votación. La modificación al Código Penal, para despenalizar la interrupción del embarazo, fue aprobada con 24 votos a favor y 12 en contra. Las reformas aparecieron en el diario oficial del estado el 24 de octubre de 2019.

Legislación del aborto en Oaxaca

Actualmente, el artículo 312 del Código Penal de Oaxaca establece que Aborto es la interrupción del embarazo después de la décima segunda semana de gestación. Esto quiere decir que cualquier interrupción del embrazo que se realice antes de las 12 semanas, no tendrá consecuencias legales.

El artículo 315 del Código Penal del Estado. Establece de tres a seis meses de prisión o de 100 a 300 días de trabajo comunitario, a la mujer que voluntariamente procure su aborto. Si este suceso ocurre después de las 12 semanas de gestación.

La pena será la misma para la persona o personas que hagan abortar a la mujer (con el consentimiento). La pena aumenta en caso de Aborto forzado, es decir, cuando el aborto sea sin el consentimiento de la mujer. Si éste fuera el caso, se le aplicarán de tres a seis años de prisión. Si además mediare violencia física o moral, se impondrán al infractor de seis a diez años de prisión

Para conocer a detalle esta legislación, se invita a revisar el Capítulo VII del Código Penal del estado, donde se establecen los artículos que regulan el aborto en Oaxaca.

Similitudes y diferencias de la legislación de Oaxaca con la de CDMX

Actualmente, Oaxaca y la Ciudad de México son los únicos estados de la República Mexicana que han despenalizado el aborto. Ambos, pusieron como límite que el procedimiento se realice cuando el embarazo no exceda las 12 semanas de gestación.

A diferencia de Oaxaca, en la CDMX el aborto fue despenalizado desde 2007  y en ese mismo año se crearon los protocolos de salud para que las clínicas pudieran brindar el servicio de forma segura al establecer requisitos tanto para las usuarias como para las Clínicas.

Además la información de cómo acceder a la Interrupción Legal del Embarazo se difunde por diversos canales oficiales como ILE CDMX, Secretaría de Salud e Instituto de la Mujer.

En Oaxaca, aunque se ha despenalizado el aborto, el tema de cómo acceder al servicio o dónde realizar el procedimiento es poco difundido pero se espera que con el paso del tiempo esta información sea más clara y precisa. Por el momento, las mujeres de Oaxaca han conquistado el derecho a decidir.

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